Manual Explotación de la Red Vial
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Privacidad y Responsabilidad

Las regulaciones internacionales imponen restricciones a la recolección, almacenamiento, procesamiento y difusión de datos relativos a personas físicas y su comportamiento. La legislación nacional relativa a los individuos se basa en estos principios. Estas regulaciones imponen obligaciones a los operadores de las redes de carreteras desde el momento en que información relativa al movimiento de los individuos se utiliza en las aplicaciones ITS (Ver Privacidad).

La necesidad de mantener un total anonimato rara vez es una firme exigencia de los usuarios; sin embargo, la mayoría de los usuarios requieren la protección de su privacidad por parte del operador.

La privacidad del usuario se mantiene si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. Para la apertura de un contrato de servicio o una cuenta se solicitan al usuario solamente los datos personales relevantes que resulten necesarios
  2. La divulgación del detalle de consumo de servicios, por ejemplo en una factura de autopistas de peaje, es una opción que puede ser elegida por el usuario
  3. El operador de una red no puede revelar esta información a terceros

En el contexto de la gestión del tránsito, la privacidad es la necesidad de los viajeros de ser capaces de desplazarse libremente sin que alguna otra persona esté en condiciones de averiguar el horario y el lugar de su viaje. El tema de la privacidad es diferente para los vehículos particulares y los vehículos comerciales y se percibe de manera muy diferente en los distintos países y culturas.

En general:

  • automóviles privados necesitan cierta protección frente a la vigilancia no deseada por parte del gobierno y las autoridades ("síndrome del Gran Hermano")
  • vehículos comerciales deben ser protegidos del espionaje de la competencia

Las reglas de privacidad son la clave del éxito o el fracaso, como se ilustra a continuación:

  • Aplicación del video: imágenes de video y la lectura electrónica de matrículas son tecnologías eficientes que ahorran mano de obra y aumentan la seguridad. En algunos países las imágenes sólo pueden ser tomadas de manera que no se pueda reconocer al conductor, mientras que en otros países el conductor debe ser reconocible para que la imagen sea aceptada como una prueba.
  • Cobro electrónico de tarifas (EFC): estas tecnologías intentan evitar la necesidad de grandes plazas de cobro de peaje con barreras, utilizando en su lugar pórticos virtuales (por ejemplo, usando GPS). En particular, para la tarificación vial urbana de uso generalizado, sólo son aceptables los sistemas sin barreras. No obstante ello, el operador de peaje o la autoridad de control de acceso debe saber qué vehículo entra y sale de una carretera con peaje. El operador necesita almacenar datos privados sensibles para posibilitar la trazabilidad de sus registros.
  • Vehículo Sonda: Los datos del tránsito recogidos desde los vehículos en movimiento son un excelente recurso para la gestión del tránsito. Todos los vehículos equipados con equipo EFC o con unidades de navegación (por ejemplo VICS en Japón) pueden proporcionar información en tiempo real sobre los tiempos de viaje en la red.

Siempre que sea posible, los operadores de redes de carreteras, que reúnen y utilicen datos "confidenciales", deben asegurarse que los datos pasen de forma automática al anonimato. Es necesario el cifrado en la fuente misma de datos y éstos deben ser destruidos tan pronto como hayan sido utilizados (Ver Propiedad & Intercambio de Datos).

RESPONSABILIDADes

Actualmente, las responsabilidades en las operaciones de tránsito están claramente delimitadas:

  • Con el advenimiento de las nuevas aplicaciones cooperativas de ITS, este límite se vuelve más difuso debido a que algunas aplicaciones se basan en sistemas que tienen componentes embarcados en el vehículo y componentes instalados en la carretera y que sólo funcionan si ambos componentes están operativos. Las cuestiones de responsabilidad son mínimas siempre y cuando se trate de funciones que no sean relevantes para la seguridad (por ejemplo: sistemas de información de tránsito y para viajeros y cobro electrónico).

Es completamente diferente si se trata 

  • Carretera y equipos instalados en la carretera: la responsabilidad recae en el operador de la red
  • Vehículos, incluido el equipamiento embarcado: la responsabilidad recae en el propietario del vehículo o en el conductor y, en algunos casos, en el fabricante del vehículo

de sistemas embarcados de asistencia al conductor que incluyen componentes instalados en la carretera, por ejemplo:

  • señales de tránsito y señalización electrónica
  • sistemas electrónicos de guiado y de autopistas automatizadas

Los operadores de redes de carreteras no pueden asumir la responsabilidad por el funcionamiento de los componentes embarcados en un vehículo ya que no tienen control sobre su correcto funcionamiento, operación y mantenimiento (Ver Ayuda al Conductor y Responsabilidades).

Desde el punto de vista de los operadores de las redes sólo hay dos posibilidades para hacer frente a esta situación:

  • mantener en uso sistemas redundantes no electrónicos (por ejemplo, las tradicionales señales de tránsito y cartelería) a expensas de costos adicionales y la posible falta de coincidencia de la información
  • ofrecer instalaciones alternativas y que el usuario asuma todos los riesgos por la utilización de los sistemas automatizados

RIESGOs Y mitigación DEL RIESGO

A menudo las nuevas tecnologías para la gestión del tránsito aumentan los riesgos para el operador. Los operadores de redes de carreteras deben evaluar estos riesgos y proporcionar las contramedidas necesarias.

Entre los posibles riesgos están:

  • sistemas de tecnología de la información (TI), redes de comunicación para la gestión del tránsito, sistemas de cobro electrónico (EFC) o servicios de emergencia defectuosos.
  • equipamiento embarcado en un vehículo, defectuoso o manipulado, por ejemplo tacógrafo y regulador de velocidad límite en vehículos comerciales, unidades embarcadas de pago electrónico de peaje
  • enlaces de comunicación de radio defectuosos o manipulados, por ejemplo, la comunicación DSRC para los sistemas de cobro electrónico (EFC)
  • dispositivos anti-radar o detectores de radar para evitar el control de los límites de velocidad
  • información incorrecta recibida de los usuarios de la carretera en relación con accidentes o las condiciones del tránsito

Las medidas de seguridad adoptadas por los operadores de la red deben incluir:

  • estructuras organizativas y procedimientos claros
  • sistemas de calidad (ISO 9001) para operadores de redes y todos los servicios involucrados en la gestión del tránsito
  • seguridad de la red de comunicaciones y TI, incluyendo el cifrado de datos

(Ver Protección de ITS)

Referencia

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